La accesibilidad universal es hoy un requisito social y normativo imprescindible. Garantizar que todas las personas —incluidas aquellas con movilidad reducida o limitaciones sensoriales, cognitivas o motrices— puedan acceder a edificios y servicios es esencial para una sociedad inclusiva.
En el ámbito de la construcción, la accesibilidad de un edificio no es un añadido, sino una condición básica para participar en la vida social y económica sin barreras. En este contexto, los ascensores cumplen un papel fundamental y su diseño debe ajustarse a estándares actuales de accesibilidad.
La nueva norma UNE-EN 81-70:2022, que actualiza la versión anterior de 2004, redefine qué se considera un ascensor accesible e incorpora avances técnicos y nuevas necesidades de inclusión.
A continuación te ofrecemos un resumen optimizado para SEO con las claves más importantes de esta norma.
Tabla de Contenidos
Toggle✅ 1. Accesibilidad universal en ascensores: un concepto clave
La normativa europea define la accesibilidad del ascensor como la capacidad de permitir a todas las personas acceder y usarlo con igualdad e independencia. Esta definición se ha ampliado en los últimos años gracias a nuevos desarrollos tecnológicos y a un mayor enfoque legislativo en la inclusión.
✅ 2. La UNE-EN 81-70:2022 actualiza la definición de ascensor accesible
La nueva versión introduce importantes mejoras que afectan directamente a los requisitos técnicos. Aunque el Código Técnico de la Edificación (CTE, DB-SUA) sigue citado la norma de 2004, el sector pide su actualización para alinearse con la versión de 2022, más avanzada y completa.
✅ 3. Las 10 características esenciales de un ascensor accesible según UNE-EN 81-70:2022
A continuación se resumen los puntos principales.
1) Dimensiones mínimas de cabina
La norma establece 5 tipos de cabina, cada una con diferentes capacidades y niveles de accesibilidad:
- Tipo 1: 1000 × 1300 mm — Acomoda a una persona en silla de ruedas.
- Tipo 2: 1100 × 1400 mm — Usuario en silla + acompañante.
- Tipo 3: 1100 × 2100 mm — Silla de ruedas tipo C y más pasajeros; permite camilla.
- Tipo 4: 1600 × 1400 mm o 1400 × 1600 mm — Permite giro de algunas sillas.
- Tipo 5: 2000 × 1400 mm o 1400 × 2000 mm — Giro completo para sillas tipo A y B.
2) Accesos
- Ancho mínimo libre:
- 800 mm (Tipo 1)
- 900 mm (Tipos 2 y 3)
- 1100 mm (Tipos 4 y 5)
- Puertas automáticas con ajuste de tiempo de cierre y dispositivos de protección.
3) Precisión de parada / nivelación
El ascensor debe nivelar con un desnivel máximo de ±10 mm entre cabina y planta, facilitando la entrada de usuarios con movilidad reducida.
4) Pasamanos y espejo
- Pasamanos a 900 mm ± 25 mm y extremos cerrados.
- Espejo o retrovisor obligatorio en cabinas donde no se pueda girar.
5) Botoneras en planta
- Botones con dimensiones mínimas, contraste y señales audibles.
- Posicionamiento adecuado según número de ascensores.
6) Señalización en planta
- Avisos sonoros de llegada.
- Flechas luminosas y señales audibles para indicar el sentido de marcha.
- En sistemas de preasignación, identificación clara del ascensor asignado.
7) Botoneras en cabina
- Símbolos claros y consistentes.
- Botón de alarma en amarillo y campana.
- Botón de planta de salida en relieve adicional (5 mm) y preferiblemente verde.
- Ubicación mínima a 850 mm del suelo.
8) Señalización en cabina
- Indicadores de posición situados entre 1,60 y 1,80 m.
- Números entre 30 y 60 mm de altura.
9) Sistema de alarma accesible
- Señales visibles y audibles desde el inicio de la activación.
- Indicador amarillo mientras se activa.
- Indicador verde cuando se establece comunicación por voz.
10) Sintetizador de voz y bucle de inducción
- Anuncio por voz del piso donde se detendrá el ascensor.
- Recomendación de avisar sentido de marcha y apertura/cierre.
- Bucle de inducción para usuarios con audífonos o implantes cocleares.
✅ 4. Más allá del ascensor: la accesibilidad debe ser integral
La accesibilidad universal no se limita al ascensor. Deben eliminarse barreras en todos los itinerarios del edificio, desde el acceso exterior hasta las zonas comunes. El ascensor es un elemento clave, pero debe integrarse en un entorno accesible completo.
✅ 5. El sector pide actualizar el CTE DB-SUA
Dado el avance de la norma UNE-EN 81-70:2022, el sector del ascensor propone que el CTE se revise para incorporar estos requisitos, una vez que la UE armonice la nueva versión de la norma.
✅ Conclusión
La UNE-EN 81-70:2022 marca un antes y un después en la accesibilidad de los ascensores, incluyendo criterios más actuales, tecnológicos y adaptados a todo tipo de discapacidades. Su cumplimiento permite mejorar la autonomía personal, eliminar barreras arquitectónicas y garantizar la igualdad de acceso en los edificios residenciales y públicos.